sexta-feira, 31 de dezembro de 2010

EM ESPANHOL. INSTITUTO UNIVERSITARIO DE tele-educación.

EM ESPANHOL
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE tele-educación.
Acta Constitutiva.
CONTRATO SOCIAL
tvinespec@gmail.com

CLÁUSULA PRIMERA:
La sociedad civil tiene el nombre de: INSTITUTO DE LA UNIVERSIDAD tele-educación, origen social no se sostiene, y su sede estará en los locales de su co-fundador: INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, LA EXTENSIÓN Y CULTURA, Rua Dr. Augusto Fernandes, 119 - Casa "A", Fortaleza , Ceará, CEP 60540260;
CLÁUSULA SEGUNDA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación, el propósito es mantener las instituciones de la educación, la cultura, la educación y la investigación, incluidos proyectos sociales Recuperador ASISTENCIA EN ASISTENCIA CLÍNICA ADJUNTO A LOS AGENTES QUÍMICOS, mantener una unidad llamada CLÍNICA MÉDICA PERSONAS, mantener un SISTEMA RADIODIFUSIÓN SONORA Y AUDIO VISUAL, observando las normas legales, teniendo en asociación RED VIRTUAL TELEVISION inespecífica; mantener el proyecto UNIVERSIDAD PARA EL DESARROLLO DE LAS CIENCIAS, ARTES Y LETRAS - UNIVERSIDAD Artium PROcessu scientiarum Pro & LETRAS - Universität für die Entwicklung der Wissenschaften, Kunst und Literatura - UNIVERSIDAD PARA EL DESARROLLO DE LAS CIENCIAS, ARTES Y LETRAS - UNIVERSIDAD POUR LE DESARROLLO DE LAS CIENCIAS, Artes y Letras - UNIVERSIDAD PARA EL DESARROLLO DE LAS CIENCIAS, ARTES Y LETRAS - Universitario por Sviluppo delle Scienze que, y artí delle lettere, introducir otros diversos proyectos a la discreción de la Junta Ejecutiva de la entidad y su representación legal.
CLÁUSULA TERCERA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación tendrá una duración indefinida, y su sucesor, es la entidad Instituto de Educación, Investigación, Extensión y Cultura, y en el caso de cese definitivo de esta entidad: INSTITUTO DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, EXTENSIÓN Y CULTURA, la sucesión natural estará en la tele-educación INSTITUTO UNIVERSITARIO, a menos que su acto fundacional diferente a la aquí la transcripción;
CLAUSULA CUARTA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación y será administrado por un Superintendente, asistido por un Secretario (S) GENERAL, un secretario (O) y un director adjunto de los departamentos, cuyas oficinas se llevará a cabo a través de un ejecutivo administrativo de la Superintendencia, cuando sea conveniente el interés de la administración y gestión INSTITUTO;
CLÁUSULA QUINTA:
Los cargos de Secretario General, SECRETARIO EJECUTIVO DE DEPARTAMENTOS y citas privadas del CEO, y las actividades serán sin costo alguno para la entidad INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación, y se llevará a cabo de conformidad con la ley federal no. 9608, al 18 de febrero de 1998 - SERVICIO VOLUNTARIO. CAMBIOS: 10748 LEY DE 22/10/2003: añadir ART. 3 bis. - LEY 10940, DE 27/08/2004: altera pars. 2 Y 3 DEL ART. 3 bis - 11692 LEY DE 10/06/2008: ELIMINACIÓN DE ARTE. 3-A;
CLÁUSULA SEXTA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación se regirá por sus normas jurídicamente GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para ser aprobados por el INSTITUTO Superintendente en un plazo máximo de 365 (trescientos sesenta y cinco días) después del inicio de su funcionamiento;
CLÁUSULA SÉPTIMA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación será gestionado por su Director, que representa a la empresa, activa o pasivamente, y fuera de los tribunales;
CLAUSULA OCTAVA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación puede cambiar el presente compromiso es para renovarla en términos de gestión, cuando le convenga, observando los criterios legales establecidos en las normas generales administrativas;
CLAUSULA NOVENA:
Los miembros de la sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO responde alternativa de tele-educación, las obligaciones sociales de la entidad;
CLÁUSULA DÉCIMA:
Las condiciones para la terminación de la persona jurídica, así como la disposición de su propiedad se define en las normas generales administrativas;
CLÁUSULA UNDÉCIMA:
Los nombres de los fundadores, los fundadores y miembros de la junta, indicando su nacionalidad, estado civil y ocupación de cada uno, siga el procedimiento de separación y se adjunta a este término.
CLÁUSULA DUODÉCIMA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación, para el registro presenta dos temas de este compromiso o acuerdo, a petición del Director Ejecutivo (Ley Federal N º 9042, 1995).
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación, para el registro Broadcasting System y AUDIO VISUAL DE SONIDO, debe seguir las normas legales de CAPÍTULO III DERECHO DE REGISTROS PÚBLICOS
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación, en el curso de la sociedad como signos MODELOS EN EL ANEXO I.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación, por los firmantes y fundadores de la fundación, han firmado este documento en cinco partes de los niveles de igualdad, y elegir el arbitraje como un medio para resolver conflictos de interés en el futuro, ya que renunciar a la protección estatal y judicial FORO DE ARBITRAJE elección dentro del distrito de Fortaleza, o uno que se adapte a los intereses de la sociedad.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación, el desarrollo de acciones por los firmantes, con el propósito de entrar en alianzas internacionales en el MERCOSUR, y utilizará los beneficios establecidos en los tratados internacionales legal Y CONVENCIONES.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA:
La sociedad civil INSTITUTO UNIVERSITARIO tele-educación, el desarrollo de acciones por los firmantes, con el propósito de entrar en alianzas internacionales en el MERCOSUR, y utilizará los beneficios establecidos en los tratados internacionales legal Y CONVENCIONES.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA:
Cualquier omisión en este momento o cualquier otro acto normativo de la entidad, se resolverá de oficio, el Superintendente Jefe de la institución.
CLÁUSULA DECIMONOVENA:
Y sólo porque están interesados y comprometidos y conectados firmar este instrumento en Fortaleza, estado de Ceará, aosprimeirosdias de octubre de 2010.
Fortaleza, Ceará,
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Profesor Venancio Augusto César da Silva - Especialista.
Psychopedagogists - Director Gerente - Fundador
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Profesor Henrique Rabelo Raimunda da Silva - Especialista.
Pedagogo - Secretario General - Fundador
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INSTITUTO DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, EXTENSIÓN Y CULTURA
Representada-FUNDADOR - Profesor César Rabelo Venancio da Silva Júnior
Fiscal de no específica a este acto.
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INSTITUTO DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, EXTENSIÓN Y CULTURA
Representada-FUNDADOR - Profesor César Rabelo Venancio da Silva Júnior
Fiscal de no específica a este acto.
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Jorge Luis Almeida
Secretario General
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Abogado Gilberto Marcelino Miranda
Asesor Legal

Um comentário:

  1. O PRESENTE ESPAÇO VIRTUAL OBJETIVA APRESENTAR OS ATOS LEGAIS PERTINENTES A CONSTITUIÇÃO DO INSTITUTO DE TELEEDUCAÇÃO UNIVERSITÁRIA.

    Fortaleza, 31 de dezembro de 2010.
    Ás, 09:21.
    FORTALEZA-CEARÁ.
    E-mail: inespeccebr@gmail.com

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